Podemos acompañarlo en la negociación en la finalización de su proceso de selección de personal para negociar Contratos de Trabajo que cumplan con la Constitución Panameña, las leyes laborales, de los estatutos en lo se refiere a convenios colectivos y con los estatutos internos de su compañía.
Igualmente aportamos toda nuestra experticia laboral cuando la negociación es con uno o varios empleados, tomando en cuenta que ninguna negociación puede culminar con la renuncia de los derechos legales o con los deberes de la relación empleador-empleado.
Todo acuerdo laboral deben siempre hacerse por escrito con 3 copias duplicadas (1 copia para cada una de las partes y 1 copia para el Ministerio del Trabajo). Excepto en las áreas de agricultura, servicios domésticos, servicios ocasionales de mano de obra que no exceda los tres meses, servicios de mano de obra específicos que no excedan un monto de $200 y los servicios de mano de obra en los distritos con menos de 1500 habitantes con algunas excepciones.
En B&A Law Firm le recomendamos que todo acuerdo laboral sea presentado un contrato de trabajo escrito, de lo contrario todos los hechos se presumen y aumentando la dificultad de refutar los alegatos de un empleado conflictivo.
Nuestro grupo de abogados cuenta con vasta experiencia en el manejo del derecho laboral en Panamá tanto en los ámbitos públicos y privados.
Nuestros servicios para prevenir o ayudarlo en materia de Derecho Laboral en Panamá:
- Redacción Contratos de trabajo.
- Terminación de la relación de trabajo (despido, mutuo consentimiento, renuncia).
- Tramitación de casos laborales ante las Juntas de Conciliación y Decisión (despidos de naturaleza disciplinaria y de naturaleza no imputable y otros).
- Tramitación de casos laborales ante la justicia común (Juzgados Seccionales de Trabajo, Tribunales Superiores de Trabajo, Corte Suprema de Justicia).
- Tramitación ante la justicia administrativa (Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
- Negociación Colectiva (Convenios Colectivos de Trabajo).
- Aplicación y alcance de la legislación de trabajo en general.
- Trámites administrativos y judiciales ante las autoridades laborales.
Acerca de trabajadores extranjeros
Si usted está considerando contratar a un trabajador extranjero debe cumplir con la ley que establece que el 90% de la fuerza laboral de una empresa debe ser panameña y 10% extranjera. Sin embargo, existen excepciones a esa regla que están ligadas a las características de la Residencia Temporal, Residente Permanente y al Permiso de Trabajo de cada persona.