Algunas categorías de la Residente Temporal en Panamá son:
Razones Laborales:
- Extranjero contratado por el Gobierno Nacional o entidades Autónomas o Semiautónomas.
- Extranjero contratado por empresas bajo contrato con el Gobierno.
- Extranjero contratado como Ejecutivo en empresas de la Zona Libre de Colón.
- Extranjero Remunerado desde el Exterior que no posean Estatus Diplomático.
- Personal Extranjero contratado por empresas privadas dentro del 10% del personal ordinario.
- Personal Extranjero contratado como experto o Técnico dentro del 15% del personal ordinario.
- Personal contratado como corresponsal de prensa escrita, radial o televisiva internacional y remunerada en el exterior.
- Extranjero contratado por empresas en virtud del Acuerdo de Marrakech.
- En calidad de Profesional del Deporte.
- En calidad de empleado de empresas de Aviación radicadas en la República de Panamá.
Reagrupación Familiar:
- Permiso de Residente Temporal por Reagrupación Familiar.
Razones de Inversión
- Inversionista Agrario.
- Inversionista Forestal.
Razones de Educación:
- Permiso Temporal por Razones de Educación.
- Residente Temporal en calidad de participante de programas educativos de entidades sin fines de lucro aprobada por el Ministerio de Educación.
Políticas Especiales:
- Extranjero contratado por empresas de la industria Cinematográficas y Audiovisual.
- Investigador de la Fundación Ciudad del Saber.
- Docente de la Fundación Ciudad del Saber.
- Empresario o Ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber.
- Técnico de la Fundación Ciudad del Saber.
- Estudiante de la Fundación Ciudad del Saber.
- Extranjero Contratado por la Autoridad del Canal de Panamá.
- Empleado de Subcontratista de Empresa bajo contrato con la ACP.
- Trabajador del Área Panamá – Pacifico a favor de extranjeros contratados por empresas del Área Panamá – Pacifico, el desarrollador, el operador o la agencia, para laborar como personal especializado en aspectos técnicos y/o en asuntos propios de la gestión administrativa, en un porcentaje que exceda del quince por ciento (15%) de los trabajadores ordinario.
- Trabajadores del Área Panamá – Pacífico a favor de extranjeros que laboren al servicio de empresas que tengan menos de diez trabajadores.
- Trabajador contratado en puestos de confianza, ejecutivos, expertos y/o técnicos en empresas dentro de zonas procesadoras para la exportación.
- Trabajador contratado en puestos de confianza, ejecutivos, expertos y/o técnicos en empresas de centro de llamadas de uso comercial para exportación «Call Center».
- Permiso de personal contratado como ejecutivo de compañias internacionales cuyas funciones surten efectos en el extranjero.
Trabajador contratado por sede de empresas multinacionales.
Razones Religiosas:
- En calidad de religioso al servicio de la Iglesia Católica y Ortodoxa.
- En calidad de misionero Laico al servicio de la Iglesia Católica y Ortodoxa.
- En calidad de estudiante para ser religioso de la Iglesia Católica y Ortodoxa.
- En calidad de autoridades, ministros, rabinos, pastores, líderes o religiosos de otras denominaciones o asociaciones religiosas.