Sociedades Anónimas en Panamá

Gracias a su posición geográfica, Panamá es reconocida como una importante plaza para la estructuración de negocios y la ejecución de transacciones extraterritoriales. Desde hace más de ocho décadas se han venido utilizando con éxito y seguridad las Sociedades Anónimas en Panamá para actividades offshore.

Las Sociedades Anónimas en Panamá según la Ley 32 de 1927 son sociedades mercantiles cuyos dueños o titulares tienen una participación en el capital social, representado a través de Certificados de Acciones, de la empresa y cuyos accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad.

El capital social mínimo para iniciar una Sociedades Anónimas en Panamá es de diez mil dólares ($10,000.00), pueden ser utilizadas por la comunidad financiera y empresarial para fines tan diversos y variados como la adquisición de bienes, la reserva de la identidad de sus propietarios, la limitación de la responsabilidad personal de los accionistas en la realización de inversiones o en la ejecución de operaciones comerciales que implican algún riesgo, la adquisición de negocios o la estructuración de negocios o la estructuración de operaciones o transacciones financieras de alto impacto económico, tanto en Panamá como en el exterior.

Ventajas que ofrece la ley 32 de 1927

 

Las constituciones de las sociedades son de una manera más rápida y tiene una formalidad más flexible.

El objeto es amplio, ya que permite cualquier negocio lícito.

No se requiere el pago del capital suscrito, solo que debe estar establecido en el Pacto.

En cuanto a las acciones, no se exige un número determinado de accionistas, por lo que una sola persona puede ser dueño de la totalidad de las acciones y por consiguiente de la Sociedad.

Referente al régimen fiscal, las sociedades solo pagan el Impuesto sobre la Renta, únicamente sobre aquellos ingresos derivados de actividades que se realicen dentro del territorio de la República de Panamá.

Impuestos de las Sociedades Anónimas en Panamá

Las Sociedades Anónimas deberán pagar anualmente la suma de trescientos dólares (US $300.00) en concepto de impuesto de registro o vigencia, denominado tasa única a la Dirección General de Impuestos (DGI).

No pagar esta tasa única, puede acarrear un recargo de cincuenta dólares ($50.00) hasta una multa de trescientos dólares ($300.00) adicionales a su anualidad. En caso de no pagar la tasa por 3 años consecutivos, delimitaran las funciones de la Sociedad para el no ejercicio del comercio.

¿Qué le ofrecemos?

B&A Law Firm le ofrece a sus clientes la formación, constitución y operación de Sociedades Anónimas en Panamá para actividades locales y offshore. Nuestro paquete incluye:

  • Poder a su nombre
  • Pacto Social Original
  • 2 certificados de acciones
  • Servicios legales
  • Traducciones del pacto social (adicional)
  • Suscriptores (opcional)
  • 3 cartas de renuncias de los directores (opcional)
  • 2 cartas de cesiones de acciones de los suscriptores
  • Agente Residente


Una Sociedad Anónima en Panamá
le brinda la flexibilidad que requiere

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Sociedades Anónimas en Panamá Sociedades Anónimas

Sociedades Anónimas en Panamá Sociedades Anónimas?

Sociedad anónima

La sociedad anónima (abreviatura: S. A.)1​ es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo pueden ser en virtud de una acción en el capital social a través de títulos o acciones.

Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a estas, como por ejemplo la obtención de un dividendo mínimo.

Los accionistas no se hacen responsables con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente se cubre hasta la cantidad máxima del capital que se haya aportado .

Clasificación de las Sociedades anónimas

La sociedad anónima se puede clasificar según diferentes criterios.

Según su fuente de financiamiento, la corporación se clasifica como abierta o cerrada.

Sociedad anónima abierta

La sociedad anónima es aquella que recurre al ahorro público en busca de financiación (emisión de obligaciones negociables) o para constituir su capital de fundación (constitución por suscripción pública) o incrementarlo (emisión pública de acciones). Estos pueden darse por:

  • Emisión de acciones en el mercado de valores: La empresa emite su valor en el mercado de valores para ser financiado mediante la compra de acciones.
  • Constitución por suscripción pública: la empresa utiliza este método para integrar su capital fundacional, con este procedimiento aparecen los promotores y patronos.
  • Emisión pública de acciones: se produce en el momento en que la empresa ya constituída por un solo acto, debe aumentar su capital. Si los accionistas no desean adquirir estas acciones, pueden ofrecerse al público en general. En este caso, la sociedad que nació cerrada se volverá abierta.
    En el idioma inglés a este tipo de empresa se le denomina empresa pública, lo que significa que su capital está abierto al público en general, sin embargo esto se puede traducir literalmente como «empresa pública», cayendo en una especie de falso amigo, por eso en español la palabra público en las empresas se refiere a ser propiedad del Estado. (En inglés también se utilizan otros nombres, como empresa que cotiza en bolsa, es decir, «empresa que cotiza en bolsa»).

Sociedad anónima cerrada

La sociedad anónima cerrada es aquella que no recurre al ahorro público para formar su capital fundacional o para incrementarlo. En estas empresas, el capital se nutre de las aportaciones realizadas o firmadas por los fundadores al celebrar el contrato social. En otras palabras, la obtención de este capital es totalmente privada.

Fuente: Wikipedia

FORMACIÓN DE SOCIEDADES ANONIMAS EN PANAMA

Las empresas Sociedades Anónimas panameñas pueden estar constituídas por dos o más personas mayores de edad (que pueden ser panameñas o extranjeras), así como personas jurídicas, para fines lícitos para los cuales los suscriptores o fundadores suscriben al menos una acción cada uno, del capital social autorizado de la Sociedad Anónima en Panamá en formación.

Pasos necesarios para organizar una Sociedad Anónima en Panamá:

El nombre de la Sociedad Anónima. Debe incluir una de las siguientes palabras o abreviaturas: Corporation (Corp.); Incorporación (Inc.); o Sociedad Anónima (S.A.).

Se permiten nombres en idiomas extranjeros. La disponibilidad de nombres debe verificarse con el Registro Público. Los nombres disponibles se pueden reservar por un período de 30 días solamente.

Los objetos específicos de la «Sociedad Anónima en Panamá».

Generalmente se utilizan objetos grandes y generales; sin embargo, en el pacto social se pueden mencionar ciertos objetos específicos para los que se organiza la empresa, si se desea.

El monto del capital social autorizado, indicando también el número de acciones y su respectivo valor nominal.

El tipo de acciones de la Sociedad Anónima en Panamá– nominativas y / o al portador, ordinarias y / o privilegiadas, y la clase de acciones – clase A o clase B, (si aplica), con o sin derecho a voto, así como cualquier derecho y / o restricción que desea establecer.

La ley requiere un mínimo de tres (3) directores, quienes pueden ser personas naturales o jurídicas. Los nombres completos (no se permiten las iniciales) y las direcciones son obligatorios para las personas. Para las personas jurídicas, se requiere el nombre (s) oficial (es) completo (s) y la (s) dirección (es), así como un certificado notariado y apostillado (o autenticación del cónsul de Panamá), de la autoridad competente de la jurisdicción correspondiente, indicando que la entidad se encuentra legalmente vigente y quién es su representante legal.

Si lo desea, los abogados locales y las compañías de administración brindan los servicios de directores sobre una base de honorarios anuales.

Los nombres completos de los primeros dignatarios: presidente, secretario y tesorero. Pueden ser personas físicas o jurídicas. Los vicepresidentes y otros dignatarios son opcionales (una persona puede ocupar dos puestos, pero el presidente no debe actuar como secretario al mismo tiempo, por razones prácticas). Los directores también pueden actuar como dignatarios. Los directores y funcionarios no necesariamente tienen que ser accionistas, ciudadanos panameños o residentes de Panamá.

La duración del negocio(Sociedad Anónima en Panamá), que puede ser perpetua.

Nombre y dirección del agente residente  (un abogado o bufete de abogados local).

Domicilio de la Sociedad Anónima en Panamá (casa matriz).

REUNIONES: de la Sociedad Anónima en Panamá

Las juntas de accionistas, juntas de directores o liquidadores podrán realizarse por teléfono, fax u otros medios electrónicos.

Se debe realizar una grabación antes de que se tomen las comunicaciones y las resoluciones aprobadas.

Las juntas de accionistas y las juntas de directores o liquidadores también fueron permitidas por consentimiento, incluso cuando el documento tuviera firmas en diferentes lugares y en diferentes fechas.

DISOLUCIÓN: Sociedades Anónimas en Panamá

Se permite la disolución formal voluntaria de la Sociedad Anónima en Panamá en cualquier momento. Se requiere la aprobación de los accionistas en una reunión convocada a tal efecto.

En este caso, es necesario obtener un certificado de disolución y luego publicarlo en el Boletín Oficial y en un periódico local.

Se pueden numerar liquidadores específicos, con el fin de concluir las negociaciones de la empresa durante los tres años del período de liquidación fijado por ley, el cual es apto para empresas con operaciones en el exterior. En caso contrario, los directores registrados actuarán como fideicomisarios de la empresa a los efectos de la liquidación.

Fuente: monografias.com


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 by John St-Louis on ba-lawfirm.com
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John St-Louis
CEO - StLouis Communications Inc.

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